Resolución Expediente Acta Nº
Nº 290/023 0701-69-001-2021 33/2023
 
Referencia
AMPLIACIÓN DE LA LICITACIÓN QUE CONTRATÓ SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y SALUD.
 
Resolución

VISTO: el Expediente N° 0701-69-001-2021 referido al llamado para la contratación de una empresa que proporcione a Ursea, los servicios de prevención y salud en el trabajo y certificaciones médicas, al amparo de los Decretos N° 127/014, N° 126/019 y N° 277/020;

RESULTANDO:I) que el Directorio de Ursea en sesión del 21 de diciembre de 2021 (Acta Nº 72) aprobó los pliegos y autorizó a la División Gestión de Recursos llevar adelante el proceso de compra, conformando la Comisión Asesora de Adjudicaciones;

II) que el procedimiento de compra se tramitó a través de la licitación abreviada N° 15/2021, y por resolución 099/022 de fecha de 3 de mayo 2022 fue adjudicada la empresa Casmu Institución de Asistencia Médica Privada de Profesionales sin fines de lucro;

III) que se solicita ampliar por el término de 90 días ambos ítems adjudicados,  el servicio de prevención y salud en el trabajo, y el servicio de certificaciones;

IV) que dado que la ampliación es por tres meses, se realizan los cálculos en pesos y cantidad de informes y certificaciones a prorrata;

V) que la División Contabilidad de Ursea, informó existencia de créditos suficientes en el Presupuesto Operativo vigente en el Objeto 282000 - Servicio profesionales y técnicos, para cubrir el costo de los servicios de prevención y salud en el trabajo y también en el Objeto 283000 "Servicios médicos, sanitarios y sociales", para cubrir eventualmente el total de la estimación realizada de certificaciones médicas;

CONSIDERANDO: que el Directorio de Ursea, es ordenador primario de gastos y pagos, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley N° 17.598, de 13 de diciembre de 2002 en la redacción dada por el artículo 248 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020;

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), aprobado por Decreto Nº 150/012, de 11 de mayo de 2012, en su redacción vigente; artículo 10 de la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 248 de la Ley Nº 19.889, de 9 de julio de 2020; Decreto N° 454/022, de 30 de diciembre de 2022 y a la Resolución de Ursea "SD 194/020" de 20 de agosto de 2020;

EL DIRECTORIO DE URSEA

RESUELVE:

1) Ampliar ad referéndum de la intervención del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas de la República ante esta Unidad Reguladora por el plazo de 90 días, la compra adjudicada mediante la licitación abreviada N° 15/2021 a Casmu Institución de Asistencia Médica Privada de Profesionales sin fines de lucro. 

2) Se amplían los siguientes servicios por el plazo de 90 días a contar desde el vencimiento de contrato que fue firmado el 6 de junio de 2022: a) de prevención y salud en el trabajo, por el precio  de pesos uruguayos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta ($ 54.450) impuestos incluidos; b) de certificaciones médicas, hasta un total de veintitrés  (23) certificaciones, a razón de $ 615 cada una, por un monto de total de hasta pesos uruguayos catorce mil ciento cuarenta y cinco ($ 14.145) impuestos incluidos.

3) Disponer que el gasto relativo a los servicios de prevención y salud en el trabajo sea imputado en el Presupuesto Operativo vigente, en el Objeto 282000 "Servicio profesionales y técnicos"; y en el Objeto 283000 "Servicios médicos, sanitarios y sociales", el correspondiente a las certificaciones médicas.

4) Autorizar a la División Gestión de Recursos a realizar los pagos de acuerdo a lo establecido.

5) Notifíquese, pase a Administración y Finanzas - Compras, a Contabilidad y al Contador Delegado a sus efectos. 

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 33/2023 de fecha 06/06/2023